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Privacidad, intimidad y protección en las redes sociales

El derecho a la intimidad, privacidad y protección es un derecho que se recoge en la Constitución Española y que puede afectar a las publicaciones en redes sociales, sobre todo el derecho al honor, a la propia imagen y a la intimidad personal.
Con ciertas opiniones o comentarios se puede incurrir en calumnias o injurias, que deben evitarse, aunque se dan con más frecuencia de la que podemos imaginar.
Estos son algunos ejemplos:

El derecho a la protección de datos es otro derecho fundamental recogido en la Constitución.
Por ello cada persona que crea su blog, su página Web, o que decide participar activamente en cualquier plataforma asume una responsabilidad jurídica.
Según la guía de recomendaciones de Internet de la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es) respetar el derecho a la protección de datos de otras personas implica:

También hay que tener especial cuidado con la propiedad intelectual y el derecho que tienen las personas sobre las creaciones propias u obras.
Para ello y dentro del marco de actuación de Internet el usuario podrá utilizar en las redes sociales:

Todos estos consejos vienen bien a la hora de publicar comentarios o mensajes en las redes sociales y que podrían acarrear serios problemas a aquellos que por desconocimiento o mal intencionados no los tengan en cuenta.

Categorías: Redes Sociales

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